El Plenario de Coordinadores de Grupos de Trabajo del Observatorio de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Nación denunció severos incumplimientos en el sector.

Compartimos el documento enviado por el Plenario de Coordinadores de Grupos de Trabajo, del Observatorio de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Nación, a Enrique Bello Rebagliati, jefe Adjunto de la Unidad Técnica Administrativa de la OEA (UTA)/DDS en Argentina, en el marco de “severos incumplimientos acerca del Observatorio de los Derechos de las Personas con Discapacidad”.

“De nuestra mayor consideración:

Los abajo firmantes, coordinadores de los Grupos de Trabajo del Observatorio de los Derechos de las Personas con Discapacidad (ODPCD), reunidos en Plenario de acuerdo con el Reglamento de funcionamiento aprobado en octubre de 2017 por el último Director del Observatorio, venimos a exponer que:

a) El ODPCD se encuentra acéfalo desde la renuncia de Raúl Lucero en noviembre de 2017.

b) Tanto el Presidente de la ex CONADIS Javier Ureta Sáenz Peña (actual Agencia Nacional de Discapacidad) como la Secretaria General de CONADIS (actual Directora Nacional de Inclusión) Mónica Pires, llevaron a cabo negociaciones y encuentros multilaterales para transferir el ODPCD al ámbito del Defensor del Pueblo de la Nación. Fuimos parte de dichas negociaciones y expresamos nuestro acuerdo, del mismo modo que la Dra. Pearce, directora de grupos vulnerables del Defensor del Pueblo, y Laura Yussem, encargada del área de discapacidad del mismo organismo, enmarcado en un acuerdo de cooperación cuyo borrador adjuntamos.

c) El acuerdo de traspaso, que nos fue transmitido como un hecho prácticamente consumado en octubre de 2017, no se ha realizado. Ni la Agencia Nacional de Discapacidad, ni la Presidencia de la Nación ni la Defensoría del Pueblo han respondido a las múltiples notas presentadas solicitando informes a este respecto. Mantuvimos entrevistas personales, comunicaciones por correo electrónico y conversaciones telefónicas con distintos funcionarios de ambos organismos. Todos desconocen los motivos por los cuales el traspaso no se efectuó, no han recibido ninguna directiva al respecto ni tienen conocimiento de alguna alternativa en curso.

d) Desde el mes de diciembre del 2017 los Grupos de Trabajo del ODPCD no han podido efectuar sus reuniones mensuales por no contar con un lugar físico donde reunirse. Luego del traslado de la Agencia al predio de Ramsay y Mendoza, y ante nuestro insistentes reclamos, un empleado de la Agencia, ignorando todo lo antes expuesto, nos ofreció un espacio de reunión allí, sin privacidad (es el acceso a los baños y a otras oficinas por lo cual circula gente constantemente), sin interprete de Lengua de Señas Argentina, sin las características técnicas que el trabajo grupal requiere (conexión a internet, computadora, proyector) y sin la presencia de ninguna autoridad de la Agencia equiparable al Director del Observatorio. En la misma reunión, cuya acta adjuntamos, fuimos informados que a los empleados a quienes les supuso un trastorno el traslado a otra sede, se les ofreció una alternativa en otras oficinas públicas, ya que la solo pasan dos líneas de colectivos y una línea de tren, bastante mal conectada con el predio. Sin embargo, nos informó reiteradas veces que la Agencia no iba a gestionar un espacio de reunión más céntrico, que permitiera la participación de miembros de los Grupos de Trabajo que viajan desde el conurbano o que se desempeñan en otros organismos públicos.

e) La estructura de la Agencia, comunicada en el Boletín Oficial de la República Argentina y presentada en el último Consejo Federal sesionando en Rosario, omite cualquier mención del ODPCD.

Por todo lo expuesto, manifestamos que:

1. El Gobierno Argentino, a través del Plan Nacional de Discapacidad y La Agencia Nacional de Discapacidad incumple deliberadamente lo dispuesto en el art. 33 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (con carácter constitucional otorgado por la ley 27044) que dice que los estados “mantendrán, reforzarán, designarán o establecerán, a nivel nacional, un marco, que constará de uno o varios mecanismos independientes, para promover, proteger y supervisar la aplicación de la presente Convención” y que “la sociedad civil, y en particular las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan, estarán integradas y participarán plenamente en todos los niveles del proceso de seguimiento”.

2. La acción lesiva hacia los derechos de las personas con discapacidad impidiendo el funcionamiento del único mecanismo independiente para el monitoreo de la aplicación de la convención es reiterada, deliberada y desoye todas las oportunidades de diálogo constructivo y compromisos públicos que este plenario de coordinadores y los miembros de los grupos de trabajo (constituidos por personas con discapacidad, profesionales, directivos de ONGs, funcionarios de distintos ministerios) han efectuado.

3. Todo lo actuado en la órbita del Observatorio desde su creación ha desaparecido deliberadamente de la página de CONADIS y de la página de la Agencia, donde, curiosamente, sigue reconociéndose la existencia del ODPCD como parte de la estructura institucional. Esto incluye los informes de los grupos de trabajo, las investigaciones sobre el estado de cumplimiento de artículos específicos de la Convención, las recomendaciones a los distintos organismos gubernamentales, las acciones de sensibilización, las videoconferencias federales, las actas de las plenarias interjurisdiccionales, los testimonios positivos y negativos de personas con discapacidad, familiares e instituciones, los planes de trabajo bienales, los horarios de reunión y mecanismo de contacto con los distintos grupos de trabajo.

4. A este respecto, consideramos penalmente responsables en los términos del artículo 248 del Código Penal Argentino a las autoridades de la Agencia y haremos las presentaciones pertinentes en los organismos nacionales e internacionales, así como en los medios de comunicación, para que esta acción delictiva cese, sea sancionada y tome estado público de modo que no pueda volver a repetirse en un futuro.

Consecuentemente, exigimos:

1. La adopción inmediata de todas las medidas administrativas y de gestión que garanticen el funcionamiento del ODPCD en los términos de los Convenios Internacionales y la reglamentación interna.

2. La restitución al dominio público de toda la documentación producida por el ODPCD y sus grupos de trabajo desde su creación

3. La implementación de las medidas necesarias para el desarrollo articulado de la acción del ODPCD a nivel Nacional en consulta con este plenario de coordinadores y los miembros de los diferentes grupos de trabajo.

4. El desarrollo de las acciones que permitan integrar la actividad de los observatorios de los derechos de las personas con discapacidad, provinciales y locales

Entendemos que esta gravísima situación está en vuestra área de incumbencia y solicitamos vuestra urgente intervención para que el Gobierno Argentino vuelva a cumplir con sus leyes y con la Convención de los Derechos de la PCD en una forma más completa. El caos reinante en la agencia es gravísimo y afecta a otras cuestiones vitales para las personas con discapacidad. Recurrimos a Ud. “in extremis”, habiendo agotado todos los recursos sensatos e institucionales de revertir las graves irregularidades ya descriptas.

Lo saludamos muy Atte. Y agradecemos desde ya su comprensión y compromiso”.

Firman

Andrea Silvana Aznar
GT Educación

Remigia Cáceres
GT Participación política

Héctor Filippa
GT Trabajo

Diego González Castañón
GT Educación

Gustavo Goyochea
GT Participación política

Marcos Arangua
GT Armonización Legislativa.

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