El Ministerio de Trabajo presentó un proyecto de Ley de Promoción del primer empleo y de la formalización del trabajo. Se trata de una vuelta a los contratos basura y una amnistía general para los infractores a la Ley laboral.

Este contrato beneficiará a empleadores que contraten jóvenes de 18 a 24 años y discapacitados. A estos empleadores se les garantizan reducciones en los aportes previsionales y un subsidio que sería abonado por el Estado nacional. Los salarios previstos serán de hasta 1,5 veces el SMVM, colocando al contrato por debajo de la Canasta Básica Total que publica el INDEC. En síntesis, es una norma flexibilizadora, destinada a un colectivo particularmente vulnerable.

El Proyecto prevé que el Estado financiará el subsidio a los empleadores. Siendo que actualmente la fuente principal de recaudación estatal proviene de los impuestos generados en el consumo, se coloca al conjunto de los trabajadores en la situación de verdugos de su clase al financiar a empleadores y contratos precarios, al tiempo que permite a los empresarios una doble extracción de plusvalía sobre trabajadores propios y ajenos. Los aportes que se afectarán son los destinados al SIPA (jubilación), PAMI, FNE (desempleo) y asignaciones familiares. Sin embargo, se salvaguarda a dos sectores poderosos: no afectará a las Obras Sociales sindicales ni a las ART, con el objeto de cooptar al sector sindical próximo al gobierno y garantizar el negocio de las empresas aseguradoras.

Es un Proyecto con notas autoritarias ya que su núcleo descansa en decretos delegados que regularán exenciones, incentivos y su aplicación a los contratos de tiempo parcial (principal forma contractual a la que recurren los call center, vastos explotadores de mano de obra joven). Pero como todos los contratos basura, está destinado al fracaso en materia de promoción del empleo y con las exenciones que establece, contribuirá al desfinanciamiento de la Seguridad Social.

Los contratos basura fueron introducidos en Argentina en los 90’s y fueron derogados por su incapacidad de generar empleo. La OCDE y la OIT sostienen que las crisis de empleo no se solucionan con flexibilización laboral y nuestra historia reciente acredita que la adopción de medidas contrarias a las del proyecto son las que tienen impactos positivos. Pero el Poder Ejecutivo rechaza estas iniciativas, como lo hiciera al vetar la Ley 27.251, de suspensión de los despidos.

Asimismo, el Proyecto se inscribe en la lógica neo-liberal de desfinanciamiento de la Seguridad Social. Por eso, no puede leerse solo sino vinculado a la Ley 27.260, de Reparación Histórica. Ésta, bajo el anzuelo de pingües beneficios a los jubilados, habilitó la liquidación del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del SIPA. Ambas normas integran una estrategia de afectación de fondos previsionales que permitirán volver al sistema incapaz de cumplir sus objetivos y, en una etapa posterior, reintegrarlos a los mercados financieros concentrados.

Federico Di Giorgio
Asesoría Jurídica Nacional

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