A partir del 20 de marzo, a través del DNU 297/20 se decreta una medida eficaz y preventiva para toda la población general: Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO). Y define que, otra parte de la población trabajadora, siga en sus tareas definidas como esenciales: personal de salud, de telecomunicaciones, de comunicación, de educación, de seguridad, de comercio, de transportes (marítimo, aéreo y terrestre), recolectores de residuos biológicos, industriales y domiciliarios, como así también los trabajadores que sostienen tareas comunitarias sanitarias y de alimentación, con lo cual se infiere que están con exposición laboral al COVID-19.