La Cámara Nacional del Trabajo anuló los comicios complementarios del 9 de diciembre pasado, donde se proclamó ganador a Pablo Micheli, en la Central de Trabajadores Argentinos (CTA) y ordenó volver a realizar las elecciones en los lugares donde se votó en esa ocasión.

Los camaristas de la sala IV, Héctor Guisado y Silvia Pinto Varela, anularon el comicio de diciembre por considerar que el 25 de noviembre pasado se convocó a esa elección en un acto donde no había el quorum necesario para tomar esa decisión, al hacer lugar a un recurso promovido desde la CTA por Hugo Yasky, según el fallo difundido hoy.

El tribunal de apelaciones revocó una decisión contraria tomada en primera instancia que había avalado los comicios al entender que "en pos de la transparencia de la voluntad colectiva y la tutela de la democracia sindical, no cabría mantener un acto electoral complementario que no habría sido convocado conforme las exigencias del estatuto social", en sintonía con el dictamen de la fiscalía en el caso.

De esta forma, y en fecha a determinar por la CTA, habrá nueva votación en Misiones, Mendoza y Tucumán.

En el fallo de Cámara se agregó que lo ocurrido "puede teñir el resultado final de un acto comicial frente a quienes son sus afiliados y se sienten representados por la Central de Trabajadores Argentinos".

"La solución propuesta no implica, claro está, consagrar ganadora a ninguna de las listas, decisión que adoptarán oportunamente sus afiliados a través de sus votos", remarcaron los jueces.

En el fallo se analizó la reunión del 25 de noviembre pasado que según argumentó Yasky carecía del número mínimo indispensable para considerarse que funcionaba la Comisión Ejecutiva Nacional de la CTA, más aún cuando el primero estaba en el edificio pero no asistió a la convocatoria que debía presidir.

"Dicha reunión incumple con los requisitos previstos en el propio estatuto que, como tal, constituye “la ley interna de la asociación, es de carácter general e imperativo y reglamenta la vida de la asociación sindical", agregó el fallo.

"A ello he de agregar que dicha reunión fue presidida por uno de los Secretarios Adjuntos y no por el Secretario General conforme las actas notariales antes mencionadas, el Secretario General estaba en el edificio en el que se desarrolló la reunión pero no en el mismo salón y piso, lo que podría generar, además alguna duda acerca de las facultades del secretario adjunto para representar a la CEN", evaluaron los camaristas.

Para el tribunal la reunión del 25 de noviembre que presidió Micheli y que convocó a las elecciones complementarias "en verdad no tuvo el quorum necesario para sesionar pues sólo concurrieron 17 de los 35 miembros del Consejo Ejecutivo Nacional".

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