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Falta de transparencia en los datos de compromiso climático

, por Secretaría de Ambiente, Cambio Climático y Transición Justa CTA

Comunicado conjunto del Consejo Asesor Externo (CAE) sobre el proceso de elaboración de la Tercera Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC 3.0) de la República Argentina. Se trata de los compromisos climáticos que los países actualizan en 2025 para cumplir los objetivos del Acuerdo de París.

El Consejo Asesor Externo (CAE), órgano consultivo y permanente creado en el marco de la Ley Nº 27.520, expresa su profunda preocupación ante la falta de instancias claras, transparentes y participativas en el proceso de elaboración de la Tercera Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC 3.0) que la República Argentina debe presentar ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC).

El año 2025 marca una década desde la adopción del Acuerdo de París, hito internacional que reafirma el compromiso de los Estados Parte de mantener el aumento de la temperatura global por debajo de 1,5 °C respecto de los niveles preindustriales. En este contexto, las NDCs constituyen el instrumento clave para canalizar los esfuerzos nacionales de mitigación y adaptación, orientar las inversiones hacia una transición justa y sostenible, y fortalecer la confianza entre los distintos actores involucrados en la acción climática.

La Argentina ha asumido compromisos concretos desde su primera Contribución Nacional presentada en 2015 y ratificada en 2016, así como en su segunda NDC de 2020 —actualizada en 2021—, donde se comprometió a no superar las 349 millones de toneladas de CO₂e al año 2030, con una reducción del 26% respecto de su meta anterior. Estos avances deben consolidarse y profundizarse en la nueva NDC, garantizando la coherencia con los principios de equidad, progresión y mayor ambición que establece el Acuerdo de París.

No obstante, el proceso actual hacia la NDC 3.0 se desarrolla sin mecanismos públicos de consulta ni información suficiente sobre su contenido o los criterios que orientan su elaboración. Esta ausencia de participación pública e información contradice los estándares de transparencia y acceso a la información establecidos por la Ley Nº 27.275, así como los compromisos internacionales asumidos por el país en materia de derechos humanos, equidad y participación ciudadana, y conforme a los principios del Acuerdo de Escazú.

El CAE considera que una NDC 3.0 legítima, robusta y transformadora debe construirse a partir de un diálogo amplio y plural, que incluya la voz de los distintos sectores de la sociedad —organizaciones de la sociedad civil, comunidades, gobiernos locales, academia, pueblos indígenas, sindicatos y sector privado—, reconociendo la diversidad de territorios y realidades que conforman el país.

Asimismo, resulta indispensable que la nueva NDC integre de manera sustantiva los componentes de adaptación, en articulación con el Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático (PNAyMCC), y fortalezca los sistemas de monitoreo, transparencia y rendición de cuentas, garantizando la trazabilidad de las políticas implementadas.

El CAE reitera que el sector energético, responsable de cerca del 50% de las emisiones nacionales, y el de agricultura y ganadería, que representa más del 25%, requieren transformaciones estructurales y políticas integrales que no sólo reduzcan emisiones, sino que aseguren justicia social, transición justa y sostenibilidad económica y ambiental.

En línea con la reciente Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia, recordamos que las NDCs deben reflejar el “mejor esfuerzo posible” de los Estados para mantener el aumento de la temperatura dentro del límite acordado, y que su implementación efectiva constituye una obligación jurídica y ética frente a las generaciones presentes y futuras.

Por todo ello, el Consejo Asesor Externo insta a las autoridades competentes a:

 Garantizar procesos participativos, transparentes y con acceso a la información, conforme a la Ley N° 27.275 y a los principios del Acuerdo de Escazú.

 Renovar y convocar formalmente al Consejo Asesor Externo, asegurando su funcionamiento continuo y efectivo como espacio técnico, para que pueda participar sustantivamente en la formulación, evaluación y monitoreo de la NDC 3.0 y las medidas derivadas.

 Integrar la perspectiva de derechos humanos, equidad y transición justa en todas las metas y medidas propuestas.

 Incorporar de manera equilibrada y sustantiva los componentes de mitigación y adaptación, garantizando que la NDC 3.0 avance hacia metas más ambiciosas y coherentes con el límite de 1,5°C, a la vez de velar por el pleno respeto de los derechos humanos y la protección de la biodiversidad.

 Fortalecer el sistema de monitoreo, reporte y verificación como herramienta para garantizar transparencia, rendición de cuentas y efectividad en la acción climática.

Argentina tiene la oportunidad y la responsabilidad de reafirmar su liderazgo climático, honrando sus compromisos internacionales y consolidando una agenda nacional que combine sostenibilidad ambiental, justicia social y desarrollo inclusivo.

El CAE reitera su disposición a contribuir técnica y constructivamente en el proceso de elaboración de la NDC 3.0, con el objetivo de alcanzar una contribución que refleje los valores, capacidades y aspiraciones del país hacia un futuro resiliente y bajo en carbono.

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