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El registro de los demandantes por accidentes laborales no se puede aplicar
La lista negra queda en el freezer
Fuente: Página/12
La jueza Castagnino rechazó el pedido de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo para reponer el listado de trabajadores y abogados que inicien juicios por accidentes. La magistrada elevó el caso a la Cámara de Apelaciones.
La Justicia rechazó un recurso presentado por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo para reactivar el registro para que las ART reporten cada juicio por accidentes o enfermedades laborales que enfrenten. El sistema fue creado a comienzos de mes por la Resolución 760 del Ministerio de Trabajo y requería a las empresas aseguradoras detallar el nombre de los trabajadores y abogados que las demanden con planteos de inconstitucionalidad sobre la legislación vigente. Distintas asociaciones de abogados laboralistas, centrales sindicales y colegios de abogados cuestionaron la medida que calificaron de “lista negra”. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Número 4 suspendió su implementación por seis meses. La SRT apeló e intentó revertir esa decisión. El viernes pasado la magistrada Laura Cristina Castagnino concedió la apelación pero negó el recurso de reconsideración, por lo que la cautelar seguirá firme. La causa fue elevada a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo para que se sortee la Sala que deberá intervenir.
La normativa en disputa es parte de la estrategia oficial contra la “elevada litigiosidad” asociada al sistema de riesgos del trabajo que, según afirmó el presidente Mauricio Macri, es responsabilidad de la “mafia de los juicios laborales”. El diagnóstico compartido por la Casa Rosada, las cámaras empresarias y las ART es que las acciones judiciales iniciadas por accidentes y enfermedades laborales son excesivas. Los cuestionamientos al sistema de riesgos de trabajo instalado a partir de 1996 son generalizados pero la aversión a la litigiosidad proviene del sector empleador. Incrementa sus costos, atenta contra la inversión y afecta la creación de empleo, sostienen. Haciéndose eco de ese reclamo, a comienzos de año impulsó el Ministerio de Trabajo impulsó con éxito la obligatoriedad para que los accidentados atraviesen una evaluación médica antes de contemplar el inicio de cualquier demanda en los tribunales laborales o civiles. Abogados laboralistas y sindicatos, por su parte, rechazan el diagnóstico oficial y cuestionan la constitucionalidad del nuevo esquema que el Gobierno todavía no logró implementar en la provincia de Buenos Aires. A la hora de explicar la cantidad de juicios acumulados apuntan contra las altas médicas apresuradas, las bajas reparaciones, el reducido listado de enfermedades, la negativa de las ART a cubrir reagravaciones, la ausencia de prevención y seguridad laboral. Para evitar que los trabajadores lesionados sean sometidos a las cuestionadas Comisiones Médicas inician gran parte de sus demandas con planteos de inconstitucionalidad.
El Sistema Integral de Registro para el Estudio de la Litigiosidad del Sistema de Riesgos del Trabajo (Sirel) creado a comienzos de mes apuntaba a recabar información sobre esos litigios. Desde la Superintendencia que encabeza Gustavo Morón aseguraron que la información sería para “consumo interno y producir información estadística”. Rechazaban así la acusación realizada por organizaciones como el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, la Asociación de Abogados Laboralistas, la CGT de Córdoba y la CTA de los Trabajadores que coincidieron en calificar al Sirel como una “lista negra” para estigmatizar y atemorizar a trabajadores y abogados que reclamen judicialmente.
La presentación judicial que dio lugar a la suspensión del registro fue presentada por la Corriente de Abogados Laboralistas 7 de Julio. “Un registro sesgado como el que se crea no guarda ninguna relación con la competencia atribuida a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo”, expresó la jueza Castagnino al congelar la vigencia del Sirel por seis meses. La magistrada consideró que el listado “solo apunta a identificar a los litigantes y sus letrados, así como al órgano jurisdiccional que pueda emitir una sentencia de condena”. La SRT presentó un recurso de reconsideración con apelación en subsidio. El viernes la jueza rechazó el primero y concedió el de apelación, elevando la causa a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para que se sortee la Sala que debe intervenir. Mientras tanto la Resolución está suspendida.