El diputado nacional Hugo Yasky presentó en el Congreso un proyecto de ley para la ratificación del Convenio Nº 149 de la OIT sobre el personal de enfermería, que reconoce su aporte en las tareas de cuidado y considera sus necesidades y derechos laborales. Lleva la firma de lxs diputadxs Pablo Carro, Walter Correa, Mónica Macha, Gabriela Cerruti, Rosana Bertone, Laura Russo, Itai Hagman y Juan Emilio Ameri.

Adoptado por la 63ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo celebrada el 21 de junio de 1977, el convenio establece normas de trabajo decente, elevando el perfil profesional y el peso político del personal de enfermería, proporcionando incentivos a estos profesionales para que sigan desempeñando sus funciones.

En el marco la pandemia por COVID-19, “es preciso que nuestro país otorgue un reconocimiento amplio y efectivo al personal de enfermería, ratificando este convenio que contempla una serie de disposiciones que permiten abordar muchos de los problemas con los que se enfrentan los enfermeros y enfermeras de nuestro país. Se trata, especialmente, de establecer normas de trabajo decente, elevando el perfil profesional y el peso político del personal de enfermería, proporcionando incentivos a estos profesionales para que sigan desempeñando sus funciones”, se lee en los fundamentos del proyecto de ley.

Si bien el convenio internacional fue redactado hace más de cuarenta años, la OIT lo clasificó en el 2002 como uno de los instrumentos que no ha perdido actualidad y reafirmó su pertinencia respecto de la realidad social y económica de aquel momento. Todo ello, en armonía con el contenido de la Resolución WHA 54.12 adoptada en 2001 por la Asamblea Mundial de la Salud sobre el fortalecimiento de la enfermería y la partería.

“En los tiempos que corren, más que nunca los gobiernos registran la gravedad provocada por la escasez de personal calificado y la utilización inadecuada del personal de enfermería existente, todo lo cual constituye un obstáculo para el desarrollo de servicios de salud eficaces. La gravedad de esta situación revitaliza la importancia de este convenio —cuyas bases luego fueron desarrolladas en la Recomendación Nro. 157 de la OIT—, estableciendo la obligatoriedad para los países que adhieran al mismo de elaborar e implementar políticas y acciones de planificación de servicios y de personal de enfermería, en el marco de una planificación general de servicios de salud. Y propiciando, especialmente, estrategias de democratización de las instituciones y de los servicios de salud, al promover la participación del personal de enfermería en la planificación de los servicios de enfermería y de salud en general”, continúa el texto.

Por otro lado, la iniciativa señala la desvalorización que sufre desde hace años la población laboral enfermera, por ser consideradas sus tareas de cuidado y asistencia “atributos típicamente femeninos, en contraposición con las actividades médicas, que se consideran del orden de lo racional y lo científico”.

Sumando a lo detallado, los “escraches” que incluso han obligado a la Legislatura Porteña a modificar el Código de Contravenciones Nro. 1.472 para sancionar los ataques contra los trabajadores y trabajadores de la salud, entre los que se encuentran los enfermeros y enfermeras que le ponen el pecho a esta batalla que librada por el COVID-19.

Entre otros aspectos, el articulado destaca que se tomarán las medidas necesarias para proporcionar al personal de enfermería: una educación y una formación apropiadas al ejercicio de sus funciones; y condiciones de empleo y de trabajo, incluidas perspectivas de carrera y una remuneración, capaces de atraer y retener al personal en la profesión.

A su vez, establece que el personal de enfermería deberá gozar de condiciones por lo menos equivalentes a las de los demás trabajadores del país correspondiente horas de trabajo, incluidas la reglamentación y la compensación de las horas extraordinarias, las horas incómodas y penosas y el trabajo por turnos; descanso semanal; vacaciones anuales pagadas; licencia de educación; licencia de maternidad; licencia de enfermedad; seguridad social.

Además, dispone la necesidad de que todo país que ratificare dicho convenio deberá mejorar las disposiciones legislativas existentes en materia de higiene y seguridad del trabajo adaptándolas a las características particulares del trabajo del personal de enfermería y del medio en que éste se realiza.

En este sentido, el proyecto subraya la necesidad de la “incorporación de este convenio a nuestro corpus normativo ya que es una herramienta fundamental para garantizar al personal de enfermería el reconocimiento y valorización del trabajo que brindan a la sociedad, y un paso importante para el mejoramiento de la formación y de las condiciones de empleo y trabajo de esta población trabajadora”.

Adjuntamos a continuación el proyecto de Ley.

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